¿QUIÉNES SOMOS?

Actualmente la ciudadanía cuenta con mayor presencia en la vida pública y demanda que la gestión de gobierno genere beneficios visibles en su vida cotidiana, lo que nos obliga como Órgano de Fiscalización Superior del Estado a mostrar y mejorar nuestro desempeño. Para ello se requiere contar con información acerca del funcionamiento de la Institución y sus resultados, para así ganar la credibilidad de los entes auditados y de la ciudadanía.

Es por ello que la Fiscalización Superior es un instrumento que contribuye a mejorar la acción gubernamental, ya que le permite a las instituciones auditadas obtener un diagnóstico y resultado de su actuación. Por otra parte, ofrece a la sociedad un panorama técnico y objetivo acerca del manejo de los recursos públicos en el estado.

Desde esta perspectiva, debemos contar con estándares de confiabilidad para identificar aspectos claves que apoyen la gestión organizacional, es decir, nos estamos refiriendo a las grandes decisiones, al establecimiento de los Objetivos Estratégicos que permitan materializar la Misión y la Visión.

Esto motiva a estar conformados con las y los mejores profesionistas en la materia, asumiendo el compromiso con la sociedad para vigilar que los Entes Fiscalizables administren los recursos públicos con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, así como evaluar el desempeño de los objetivos a los que fueron destinados.

Asimismo estaremos inmersos en una mejora continua con el fin de mantener la vigencia en las capacidades y competencias que la sociedad demanda de las instituciones y de sus servidores públicos.

ESTRUCTURA ORGÁNICA

Conforme al Artículo 4 del Reglamento Interior del Instituto de Fiscalización Superior del Estado de San Luis Potosí, que para el ejercicio de sus atribuciones y el despacho de los asuntos que le competen, la Auditoría Superior contará con las siguientes Unidades Administrativas y servidores públicos:

  1. I. Auditor Superior del Estado;
  2. II. Secretaría Técnica, de la que depende la siguiente Coordinación:
    1. a). Coordinación de Planeación y Desarrollo Institucional;
  3. III. Secretaría Particular;
  4. IV. Coordinación Auditorías Especiales, de la que dependerá las siguientes Auditorías Especiales:
    1. a). Auditoría Especial de Fiscalización de los Poderes del Estado y Organismos Autónomos, de la que dependen las siguientes Coordinaciones:
      1. 1). Coordinación de Fiscalización de la Administración Pública del Estado;
      2. 2). Coordinación de Fiscalización de los Poderes Legislativo, Judicial y Organismos Autónomos;
      3. 3). Coordinación de Fiscalización de Obra Pública de los Poderes del Estado y Organismos Autónomos;
    2. b). Auditoría Especial de Fiscalización Municipal y sus Organismos Descentralizados, de la que dependen las siguientes Coordinaciones:
      1. 1). Coordinación de Fiscalización Municipal;
      2. 2). Coordinación de Fiscalización Municipal de Organismos Descentralizados;
      3. 3). Coordinación de Fiscalización de Obra Pública Municipal y de Organismos Descentralizados;
    3. c). Auditoría Especial del Desempeño, de la que dependen las siguientes Coordinaciones:
      1. 1). Coordinación de Auditoría del Desempeño Gubernamental;
      2. 2). Coordinación de Auditoría del Desempeño Municipal;
  5. V. Auditoría Especial de Asuntos Jurídicos, de la que dependen las siguientes Coordinaciones:
    1. a). Coordinación de Substanciación;
    2. b). Coordinación de Investigación;
    3. c). Coordinación Jurídica y de Ejecución;
  6. VI. Coordinación General de Administración de la que dependen las siguientes Coordinaciones:
    1. a). Coordinación de Control y Administración;
    2. b). Coordinación de Archivo y Control de Materiales;
  7. VII. Órgano Interno de Control; y
  8. VIII. Unidad de Transparencia.